La Asociación Cultural Falla Oltá, Juan Ramón Jiménez, Ingeniero Joaquín Benlloch, con CIF G-46681144, está inscrita con el número 4160 en la Sección PRIMERA de la Unidad Territorial de Valencia de la Generalitat Valenciana y con el número 1647 en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (de Ruzafa) del Ayuntamiento de Valencia. Como comisión de Falla, consta con el número 259 en los censos de Junta Central Fallera.
Como entidad sin ánimo de lucro, el marco jurídico que nos regula es:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
- Modificada por Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la Infancia y Adolescencia.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.
- Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, en materia de transparencia y de regulación del Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
- Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social.
- Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
- Resolución de 28 de diciembre de 2011, de la Consellería de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural inmaterial a favor de la Fiesta de las Fallas de València.
- Reglamento Fallero de la Junta Central Fallera.